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DESISTIMIENTO DEL CONTRATO POR EL ARRENDATARIO DE LA VIVIEND
Todo contrato de arrendamiento tiene establecido un plazo de duración; sin embargo, en ocasiones, el arrendatario desea desistir o abandonar el mismo antes de llegar a su vencimiento, un derecho contemplado en el art. 11 LAU, sujeto a unos requisitos fundamentales y que puede dar lugar a satisfacer una indemnización al arrendador. Analizamos, en este estudio jurisprudencial, los criterios de los tribunales sobre el desistimiento del contrato por parte del arrendatario de vivienda en función de la fecha del contrato, diferenciando los requisitos de los contratos anteriores y posteriores a la reforma de la LAU. ¿Qué plazo debe haber transcurrido para poder desistir? ¿El arrendador tiene derecho a una indemnización en cualquier caso? ¿Cuál es el criterio de los tribunales para moderar la cláusula penal? ¿Qué cláusulas del contrato son nulas por contravenir el art. 11 LAU? Y, además, en la parte de Actualidad: - Medidas extraordinarias y ayudas al arrendatario de vivienda en 2024 - Consecuencias de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, tras un año de vigencia - Consignación de rentas para recurrir en apelación ante la nueva redacción del art. 449.6 LEC, reformada por RDL 6/2023