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EL DERECHO PENAL PARTE GENERAL
Para castigar a una persona es necesario que concurran ciertos elementos como son tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad. Hay que añadir la necesidad de que, el supuesto de hecho tipificado como delito, lleve aparejada una consecuencia jurídica. Es por ello por lo que en este trabajo hemos decidido dividirlo en tres bloques, bajo la denominación de cada uno de los elementos que conforman el delito. Dentro de cada bloque hemos analizado la problemática que cada uno de estos elementos presenta. En el primer bloque, la tipicidad, hemos comenzado estudiando la omisión ya que la acción se estudió en el volumen anterior, sumergiéndonos en las formas de participación que pueden darse en la comisión del delito. De especial importancia es el segundo bloque, la antijuridicidad, que permite conocer cuándo a pesar de haberse cometido un delito que está tipificado, el sujeto está autorizado para llevar a cabo la conducta prohibida, y por lo tanto, no ser castigado. El tercer y último bloque, lo hemos dejado para la culpabilidad, donde hemos realizado un análisis de las diferentes causas que permiten eximir de responsabilidad penal al sujeto activo, introduciendo además, un estudio exhaustivo de la consecuencia jurídica.