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LA JUSTICIA DE PAZ: NUEVOS TIEMPOS, ¿NUEVAS (INFRA)ESTRUCTURAS?
La justicia de paz parece estar a punto de desaparecer, para siempre, de la organización judicial española. Tras más de siglo y medio de historia, en nuestro ordenamiento jurídico, el Plan de Justicia 2030 del Ejecutivo central gobernante y, en su implementación, el proyecto de ley Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, pretenden finiquitar los juzgados de paz y en su lugar crear las Oficinas de Justicia en los municipios. El prelegislador alude a una “evolución” de los juzgados de paz para crear la nueva estructura administrativa (no jurisdiccional), nutriéndose de las Secretarías de aquellos y dotándole de más competencias, si bien prescindiendo de los actuales titulares del órgano judicial unipersonal. La justificación empleada, al efecto, es la falta de eficacia de los juzgados de paz. En este contexto y coyuntura -que puede llegar a ser histórica-, pretendemos valorar lo acertado o erróneo del cambio (mejor, “revolución”) propuesto, realizando para ello un examen crítico de la materia que va más allá del mero estudio de la transformación del órgano judicial en otro administrativo. La falta de interés de la doctrina por la justicia municipal laica, durante muchos años, requiere un estudio exhaustivo que muestre sus debilidades y fortalezas, que se fije, especialmente, en las grandes críticas que se le han hecho (carácter no técnico de sus titulares, dependencia del Ayuntamiento, cada vez menos competencias…), ahora abanderadas por su ineficacia. Solo así se podrá valorar la reforma propuesta y propugnar fórmulas de mejora. Para ello, siguiendo un eje cronológico, se propone la mirada al pasado, al presente y al futuro de la justicia de paz, incidiendo en sus elementos fundamentales. Ixusco Ordeñana Gezuraga. Profesor titular de Derecho procesal de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU), compagina labores docentes y de investigación. Imparte clases, tanto a nivel de grado, como de máster, en España y en el extranjero, para alumnado de Derecho. Realizó su Tesis Doctoral sobre la solución extrajurisdiccional de conflictos, reconocida con el premio extraordinario de doctorado, en Boston (Harvard), Inglaterra (Oxford) y Australia (Melbourne). En la senda de su línea principal de investigación, ha escrito seis monografías, abundantes artículos y capítulos de libro, e impartido otras tantas conferencias. Ha reparado en la mediación laboral, familiar, escolar, hipotecaria, cooperativa, penal, concursal, comunitaria,… También se ha ocupado del arbitraje, en general, y del laboral, en particular. La víctima, en general, y la de violencia de género, en particular, es otra de sus líneas de investigación, que ha alimentado con becas, estancias en el extranjero y proyectos de investigación de máximo nivel. En este marco cuenta con dos monografías y abundantes capítulos de libros. En el marco del proceso civil, ha trabajo la casación y las particularidades procesales autonómicas. Su resultado se ha plasmado en varios artículos y capítulos de libros. Además, ha coordinado y editado más de 10 obras colectivas. Juez de paz de Sestao (Bizkaia), desde hace 16 años, ha ahondando en el presente y futuro de la justicia de paz, vinculándola con su principal línea de investigación (la resolución extrajudicial de conflictos). Ha plasmado sus reflexiones, previamente, en dos monografías y abundantes artículos.