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LA NECESARIA RECONFIGURACION DEL DERECHO DE ASILO ENTRE LA D
Cuestión migratoria y Estado de Derecho van de la mano. En primer lugar, porque los Estados de la UE no pueden dejar solas y desprotegidas a miles de personas en condición de especial vulnerabilidad, que llegan al territorio de la UE, para salvar sus vidas, porque se arriesgan a ser perseguidos y a sufrir violencia por la existencia de contextos de involución democrática o por la presencia de un conflicto bélico o de una catástrofe ambiental. Sería contrario a los principios básicos de los modernos Estados constitucionales de Derecho, pero además significaría tener poca memoria porque la UE se ha convertido en tierra de acogida solo en las últimas décadas, antes ha sido durante largo tiempo tierra de emigración. ¿Pero por dónde empezar a gestionar este fenómeno? Se debería comenzar por dónde inició todo, es decir por el derecho de asilo. Se debería repensar el alcance, el contenido, los límites y los efectos de este instituto, sobre el que se ha construido el Seca y se han desarrollado los institutos afines de protección internacional, y ver cómo la UE y sus Estados miembros pueden protegerlo dentro de sus confines, así como más allá de sus fronteras en los Estados de origen y tránsito de la inmigración, considerando la dimensión interna, así como la dimensión externa de la política migratoria. Por todo ello, la presente obra se propone contribuir a la elaboración de una nueva configuración del derecho a la protección internacional, a través de la extensión de su alcance y contenido a un mayor número de personas, del desarrollo de vías de acceso legal y de mecanismos de externalización y control de las fronteras, con la inclusión de las herramientas de IA, que respondan a un enfoque basado en los derechos humanos.