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LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
La responsabilidad patrimonial de las Administraciones locales no presenta, en principio, especialidad alguna, por lo que es de aplicación la regulación que con carácter general se encuentra en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Es la particular casuística que se presenta a las Entidades Locales la que, sin duda, justifica esta obra. El análisis parte de una detallada exposición del régimen de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas existente en nuestro ordenamiento jurídico, haciendo especial mención a diversas cuestiones particularmente problemáticas en la práctica judicial. Del mismo modo, se expone la especialidad del procedimiento administrativo que ha de seguirse ante la Administración en estos supuestos. En cualquier caso, el elemento central de la obra es la exposición de una serie de temas especialmente relacionados con la Administración local y su responsabilidad patrimonial. Es el caso de los supuestos indemnizatorios surgidos en el desarrollo de la actividad urbanística, en la contratación pública, en la prestación de servicios por terceros, en relación con convenios urbanísticos, accidentes en las vías urbanas, responsabilidad medioambiental, etc. La exposición ha tratado de tener muy a la vista la regulación vigente, sin olvidar la relevancia a efectos interpretativos de anteriores regulaciones y, cuando hemos entendido que era preciso, una referencia a la doctrina más autorizada.